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Concejo Deliberante

CONFORMACIÓN

Presidente del CD: Carolina Gerling

Secretario del CD: Eduardo Alcántara

Concejales

Bloque Nueva Generación

- Juan  Carlos Guarnuccio (Nueva Generación)

- Analía Vanina Carrazza (Nueva Generación)

- Claudia Elizsabeth Bentancour (Nueva Generación)

- Ludmila Soledad Márquez (Nueva Generación)

- Omar Alejandro Frávega (Nueva Generación)

Bloque Creer Entre Ríos

- Carlos María Riera (Creer Entre Ríos)

- Claudina Corti (Creer Entre Ríos)

 

El Concejo Deliberante es el órgano encargado de dar tratamiento legislativo a los proyectos de interés para la ciudad que ingresen al mismo, hayan sido presentados por concejales que lo conforman o por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM).

Está integrado por un cuerpo de concejales, cuya función es la elaboración de las ordenanzas que rigen las actividades que se realizan en un municipio y que no son alcanzadas por la legislación provincial o nacional.

El Concejo Deliberante es una institución que se basa en el consenso entre las diversas miradas de cada sector político, su accionar y el diálogo transparente.

Los vecinos son parte del concejo a través de sus propuestas y de la información pública; por esta razón, la claridad y el acceso a la información son objetivos primordiales. Entre sus funciones esenciales, el Concejo Deliberante legisla a través de normas que rigen la ciudad en armonía con lo establecido por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y la Ley Nº 10027 y sus modificatorias que regula el accionar en los municipios.

Presidente: es quien representa al Concejo Deliberante en todas las relaciones exteriores. Tiene a su cargo el normal funcionamiento de los aspectos institucionales y de gobierno, así como los administrativos. Por otro lado, es quien reemplaza al Intendente cuando éste se ausenta, renuncia o es destituido.

Vicepresidente Primero y Vicepresidente Segundo: son concejales electos para esas funciones por el resto del cuerpo. Tienen la tarea de reemplazar, en su orden, al Presidente del Concejo Deliberante en caso que éste se ausente por alguna razón.

Secretario: esta función no es asumida por un concejal, sino que es definida por el Poder Ejecutivo

 

FUNCIONAMIENTO

El Concejo Deliberante de Pueblo Belgrano está conformado por siete concejales elegidos directamente por los habitantes de la ciudad que figuran en el padrón electoral. Para ser concejal es necesario ser ciudadano argentino mayor de edad, con 2 años de residencia en la ciudad. Por su parte, los extranjeros deben poseer 4 años de residencia. Los mandatos tienen una duración de 4 años, pudiendo los concejales ser reelectos sin límite de mandatos.

La ley establece que el Concejo Deliberante funcione en sesiones ordinarias y extrarodinarias. De todas maneras, durante todo el año, haya o no sesiones, el Concejo Deliberante está abierto al público: funcionan sus dependencias administrativas.  Las sesiones son el espacio en el que los concejales  someten a discusión los diferentes proyectos que han ingresado.  El período de sesiones ordinarias se extiende desde el 1° de marzo al 30 de Noviembre, mientras que las sesiones extraordinarias pueden tener desarrollo tanto en etapas de receso como en días u horarios disímiles a los establecidos en el calendario de sesiones. Las sesiones ordinarias pueden ser prorrogadas por un lapso determinado.  Es importante destacar que para poder celebrar una sesión es necesario contar con un quórum compuesto por la mitad más uno de los concejales que integran el cuerpo. 

Para ingresar en la discusión, tanto de un proyecto como de cualquier otro tema, un concejal debe solicitar la palabra al Presidente del Concejo. En el caso de realizar una propuesta concreta en el seno del debate, el concejal interesado deberá contar al menos con el apoyo de otro par. Esta propuesta es denominada Moción y se realiza desde la banca y dirigiendo la palabra a todos los presentes en el recinto. En las sesiones se trata el Orden del Día, confeccionado con anterioridad, donde se enuncian los distintos proyectos.

Como en toda actividad legislativa, el contenido de la sesiones es volcado en un Acta de la misma, y además se realiza una versión taquigráfica de todo lo tratado que son archivadas en el Concejo.